En el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 agosto, se establecen una serie de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
El título V recoge un conjunto de medidas de fomento del ahorro y la eficiencia energética. Por otra parte, España ya cuenta con un marco normativo exigente para el consumo racional de energía. El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, ya prevé obligaciones para una adecuada gestión y un consumo eficiente de energía en los sistemas de climatización o producción de agua caliente sanitaria. En el contexto actual, la necesidad de empezar abordando las medidas inmediatas de menor coste y complejidad requiere un refuerzo puntual de las obligaciones previstas en el RITE. Así, este real decreto-ley introduce una serie de obligaciones de forma temporal hasta el 1 de noviembre de 2023 sobre los edificios y locales sujetos a obligaciones de temperatura en el marco del RITE.
Obligaciones puntuales y temporales
En primer lugar, se modifica la limitación de temperaturas de calefacción y refrigeración a 19 y 27 ºC, respectivamente. En este sentido, se estima que cada grado en el que se cambie la consigna de temperatura que suponga una menor necesidad de calefacción o refrigeración puede suponer un ahorro del 7 % del consumo
Por último, en línea con medidas similares adoptadas en países de nuestro entorno y de acuerdo con la necesidad de llegar al invierno con las instalaciones existentes en las mejores condiciones energéticas, se introduce la obligación de adelantar la siguiente inspección de eficiencia energética en aquellos edificios obligados a ello cuya última inspección sea anterior al 1 de enero de 2021. De este modo, llegado el final del año 2022, todos los edificios con un consumo relevante de climatización habrán pasado por una inspección de este tipo en los últimos dos años.
¿Cómo podemos ayudar?
Lana Sarrate tiene soluciones para la medición de la eficiencia energética de manera fácil, rápida y fiable. Nuestros equipos intentan facilitar la labor de los inspectores de eficiencia energética.
Una de las soluciones que más éxito y demanda tienen en el mercado son los caudalímetros ultrasónicos no invasivos Fluxus F601 Energy . Estos equipos son capaces de medir de manera no invasiva la energía que aporta una máquina enfriadora o calentadora. Con el dato de la energía aportada y la información del consumo de la máquina se puede obtener el rendimiento (COP o EER) y ver si es necesario realizar algún tipo de actuación, mejora o mantenimiento en la instalación.
La ventaja de estos equipos es que miden por fuera de la tubería el caudal energético. Los sensores de caudal y de temperatura se abrazan (clamp-on) a la tubería y por lo tanto no hay que realizar ningún tipo de obra ni parar el proceso. La información de estos sensores se centraliza en el transmisor Fluxus F601:

¿Cómo mide Flexim el caudal energético?

Los caudalímetros Flexim por el método del tiempo de tránsito miden el caudal volumétrico. A partir de la medición de este caudal volumétrico y la temperatura, los caudalímetros Flexim son capaces de obtener la densidad del fluido a medir y por lo tanto el caudal másico. Además, a partir del conocimiento del fluido medido se obtiene su calor específico. Flexim con estos datos y la diferencia de temperaturas entre la impulsión y el retorno es capaz de calcular el caudal energético (potencia entregada) a partir de la fórmula: Q = m.c.dT
Ejemplo de una instalación:


Ventajas de los caudalímetros de energía FLEXIM
- Medición no invasiva: no es necesario parar el proceso ni mecanizar la tubería
- Puesta en funcionamiento rápido e intuitivo
- Medición en tuberías de cualquier diámetro y material
- Capacidad de medir en muchos líquidos: agua, agua glicolada, refrigerantes, HTFs, etc.
Otras soluciones para la medición de la energía
Además de las soluciones no invasivas tenemos un abanico de soluciones más clásicas como los contadores de energía en línea:


